El Consejo de la Magistratura de la Provincia de La Pampa funciona en la órbita del Poder Judicial y está conformado por un representante del Superior Tribunal de Justicia; un representante del Poder Ejecutivo; un representante del Poder Legislativo; un representante de los abogados de la matrícula y un representante de los contadores de la matrícula que se incorpora al Consejo de la Magistratura cuando se lleva a cabo la selección de candidatos contadores para integrar el Tribunal de Cuentas de la Provincia de La Pampa.
Realiza los procesos de selección y nominación de jueces y funcionarios que integran el Poder Judicial. Está regulado en la Constitución Provincial en el art. 92, en la Ley 2600 -Orgánica del Consejo de la Magistratura- y en la Ley 3136 que sustituyó los artículos Nº 22, 23 y 25 de la Ley Nº 2600.
Asimismo, por Ley n° 2952, que modificó los artículos 19, 20 y 21 de la Ley n° 2574 –Orgánica del Poder Judicial- también confecciona el padrón de funcionaros y magistrados sustitutos y remite el listado en forma anual al Poder Ejecutivo Provincial para su posterior envío a la Cámara de Diputados.