El Consejo de la Magistratura llama a concurso para cubrir el cargo de Juez Civil, Comercial y de Minería Nº 1 de la Segunda Circunscripción Judicial. La fecha de inscripción a este concurso podrá consultarla en la sección noticias de esta página web y el formulario de inscripción en la sección formularios. Para descargar bases y condiciones haga click aquí.
Mediante Acuerdo Nº 1247 el Consejo de la Magistratura aprobó la nómina de inscriptos para este concurso. A continuación se detallan por orden alfabético los postulantes inscriptos:
NÓMINA DE INSCRIPTOS
Concurso: jueces en lo civil, comercial y de minería N° 1 (Exptes. N° 350/16)
- Arisnabarreta, Gustavo Antonio
- Carbajo, Carina Lis
- Costantino, Guillermo Horacio
- Mazzola, Raúl José
- Moiraghi, Gerardo Mario
- Pascual, Guillermo Horacio
- Salvatierra, María Teresa
Concurso juez de primera instancia en lo civil, comercial, laboral y de minería N° 1, 2 y 3 de la Segunda Circunscripción Judicial (Exptes. N° 350/16, 311/15 y 351/16):
Por Acuerdo N° 1267 el Consejo de la Magistratura estableció unificar los trámites de evaluación para los tres cargos y establecer la fecha para la realización de la prueba de oposición escrita y entrevista personal pública para este concurso. La prueba escrita se llevará a cabo el día lunes 10 de abril a partir de las 8.00 hs mientras que la entrevista personal pública se realizará el día martes 11 de abril a partir de las 8:00 hs. Ambas etapas se llevarán a cabo en la nueva sede del Consejo de la Magistratura ubicada en Avenida San Martín Oeste n° 152 de la ciudad de Santa Rosa. Para acceder al texto del Acuerdo N° 1267 haga click aquí.
Mediante Dictámen N° 52 el Consejo de la Magistratura resolvió elevar un dueto en los concursos de juez de primera instancia en lo civil, comercial, laboral y de minería N° 1 y 3 de la Segunda Circunscripción Judicial (Exptes. N°s 350/16 y 351/16) y declarar desierto el concurso de juez de primera instancia en lo civil, comercial, laboral y de minería N° 2 de la Segunda Circunscripción Judicial (Expte. N° 311/15). Para acceder al texto del Dictámen haga clik aquí.